
El presente Reglamento constituye el conjunto de normas que regulan el uso y funcionamiento de la Biblioteca, correspondiendo al Consejo Directivo resolver cualquier duda respecto a su aplicación e interpretación. Nuestra Biblioteca es una unidad de Servicio y apoyo académico dependiente del ISHyR, organizada como tal el año 2000.-
1- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°: La Biblioteca y Centro de Documentación del ISHyR estará a disposición de las autoridades, docentes, alumnos, egresados, personal en general, quienes se sujetarán a las disposiciones que indica este reglamento. Artículo 2°: La Biblioteca atenderá al público en los horarios de 8:00 a 22:00 hs. de Lunes a Viernes. Artículo 3°: Quedarán excluidas del préstamo a domicilio, los Trabajos de Pasantías, Trabajos de Integración Final (TIF), las obras que sean raras, de difícil adquisición por su elevado costo o por ser muy necesarias para la Biblioteca (en caso que sean único ejemplar). También el material de referencia: · Diccionarios · Enciclopedias · Guías
2- PRESTAMOS Artículo 4°: La Biblioteca reconocerá a los alumnos del Instituto como único documento válido para el préstamo a domicilio la LIBRETA ESTUDIANTIL que se le retendrá hasta la devolución del material. La presentación de dicha Libreta es OBLIGATORIA. Artículo 5°: Los lectores podrán retirar de Biblioteca en calidad de préstamo hasta 3 (tres) ejemplares. Artículo 6°: Los lectores que retiren material para fotocopiar deben devolverlo en el plazo estipulado en el préstamo, de lo contrario no volverá a retirar para fotocopiar por un determinado período de tiempo, ya que este incorrecto proceder de no cumplir los plazos fijados perjudica a todos los usuarios que necesitan también ese material. Los plazos estipulados para el préstamo de los distintos materiales de la Biblioteca son: · Apuntes 3 (tres) días · Libros 3 (tres) días, los más requeridos y 1 (una ) semana los menos solicitados. · Apuntes sueltos (fotocopias dejadas por docentes): 1 (un) día. · PP: 3 (tres) días. · CD Rom 1 (una) semana.
Artículo 7°: El plazo de préstamo a domicilio será el detallado en el Art. 6, y modificado según las demandas y la cantidad de ejemplares, pudiendo el material ser renovado (en caso de no estar reservado por otro usuario). En caso de que el material solicitado por un usuario esté prestado, se pueden hacer reservas del mismo. La Biblioteca se reserva el derecho de especificar límites inferiores al período de préstamo normal, además de solicitar al devolución de material en casos urgentes y justificados, independientemente de la fecha de vencimiento.- Artículo 8°: En caso de no cumplirse con los plazos de préstamo establecidos, el lector será apercibido (se les recordarán sus derechos y obligaciones) en primer lugar y en los casos sucesivos suspendido por el tiempo que determine el personal bibliotecario. Artículo 9°: El lector que haya incurrido en demora por enfermedad personal o fallecimiento de un familiar será eximido de la suspensión correspondiente. Artículo 10°: En caso de extraviarse el material en préstamo, el prestatario deberá hacer presente este hecho a la Biblioteca y hacerse cargo de la compra de otro ejemplar del material extraviado u otra obra de valor similar actualizada de acuerdo con lo que estipule la biblioteca. Artículo 11º: El préstamo de material no es transferible. El usuario que solicitó el préstamo se hace responsable de regresar los libros a tiempo y en buen estado.- Artículo 12°: Cada uno de los lectores que retire material a domicilio o para fotocopia poseerá en el fichero de control de Biblioteca una ficha en que figurarán los siguientes datos: APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO, TELÉFONO Y E-MAIL CARRERA, CURSO Y TURNO FECHA DE PRÉSTAMO Y DEVOLUCIÓN FIRMA
3- OTROS SERVICIOS INTERNET / CORREO ELECTRÓNICO Artículo 16°: El servicio de Internet / Correo Electrónico estará a disposición de los usuarios en los horarios de Biblioteca. e-mail: biblioteca@ishyr.com.ar
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